El pleno ordinario de septiembre del Ayuntamiento de Ronda ha aprobado por unanimidad una nueva ordenanza reguladora del uso de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como patinetes y motos eléctricas. Este reglamento establece las bases para regular la circulación de estos medios de transporte, cuyo uso ha crecido notablemente en la ciudad. El edil de Tráfico, Jorge Fernández, destacó que la normativa busca «favorecer la correcta circulación de los mismos y la movilidad en la ciudad».
La nueva ordenanza, basada en las recomendaciones de la Dirección General de Tráfico (DGT), impone una serie de normas para garantizar la seguridad. Entre las principales disposiciones, se establece que los conductores de patinetes eléctricos deben tener al menos 14 años, utilizar casco de forma obligatoria, y no podrán llevar pasajeros, animales o bultos que dificulten la conducción. Además, se prohíbe el uso de auriculares, teléfonos móviles o dispositivos que puedan distraer al conductor.
En cuanto a la velocidad, los VMP podrán circular a un máximo de 25 kilómetros por hora, reduciéndose a 20 en vías urbanas de sentido único y hasta 10 en zonas señalizadas específicamente. Asimismo, deberán circular por la calzada, en el mismo sentido que el resto de vehículos, y queda prohibido su tránsito por aceras y zonas peatonales, salvo que cuenten con permisos especiales.
Los conductores deberán llevar calzado adecuado y sujetarse al manillar en todo momento, si el vehículo lo tiene. También deberán utilizar los intermitentes si el vehículo está equipado con ellos y se recomienda el uso de chalecos reflectantes para mayor visibilidad. Finalmente, estará prohibido conducir bajo los efectos del alcohol, drogas u otras sustancias, con la obligación de someterse a pruebas de control cuando lo requiera la autoridad.
Esta nueva regulación pretende mejorar la seguridad y la convivencia entre vehículos y peatones en Ronda, respondiendo a la creciente popularidad de los VMP en la ciudad.